▲ Diputados de la bancada del PAN subieron a la tribuna de la Cámara para mostrar pancartas contra el acoso a las mujeres.Foto Roberto García Ortiz
Fernando Camacho y Enrique Méndez
Periódico La Jornada
Miércoles 18 de febrero de 2026, p. 8
La Cámara de Diputados aprobó ayer una serie de reformas para ampliar las sanciones contra diversas formas de violencia de género, entre ellas las agresiones contra mujeres que participan en política y la creación de imágenes íntimas no consentidas mediante el uso de inteligencia artificial. Asimismo, tipificó los delitos de acoso sexual y acecho.
Uno de los dictámenes avalados por consenso en el pleno de San Lázaro fue el de la Comisión de Igualdad de Género –a partir de iniciativas presentadas por diputadas del PRI, Morena, PVEM y PAN–, que modifica los artículos 20 Ter y 20 Quáter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El propósito es “actualizar y fortalecer la ley para combatir las formas de violencia que enfrentan las mujeres, especialmente aquellas relacionadas con el entorno digital y político”.
En ese sentido, se pone énfasis en la violencia política que pueden sufrir las mujeres precandidatas a cargos de elección popular en distintos escenarios, entre ellos la difusión de “información falsa o incompleta que impida su registro o induzca al incorrecto ejercicio de sus atribuciones”, así como ser blanco de propaganda política o electoral “que las calumnie, degrade o descalifique con base en estereotipos de género”.
Otro de los dictámenes aprobados fue el de la Comisión de Justicia, que reforma el Código Penal Federal en materia de acoso sexual y acecho, para incorporar ambas conductas como tipos penales, ya que actualmente la ley sólo contempla el hostigamiento sexual.
En el caso del acoso sexual, se define como “el asedio o intimidación con fines lascivos de manera reiterada, por cualquier medio, que cause daño sicoemocional o alteraciones en la vida cotidiana”, y se prevé una pena de uno a tres años de prisión y hasta 600 días de multa.
Por su parte, el delito de acecho se tipifica como una conducta diferenciada, sin fines sexuales, que comete quien, de manera reiterada y sin consentimiento, realice vigilancia, seguimiento o contacto no deseado que altere la vida de la víctima. La pena será de seis meses a un año de prisión.
Por la tarde, las comisiones unidas de Justicia e Igualdad de Género avalaron por unanimidad la minuta enviada por el Senado respecto de la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum para ampliar la definición del delito de abuso sexual. Este último dictamen será discutido y votado en la sesión de este miércoles en el pleno de San Lázaro.
